domingo, 4 de septiembre de 2016

Dicen que las cosas están mejor. Capítulo II



Se habla en muchos foros empresariales de la importancia de la motivación y el buen ambiente en el desempeño laboral. Mientras, en los corrillos de amigos se comenta, cada vez más, el acoso al que son sometidos los trabajadores en sus puestos de trabajo y las perrerías varias que se cometen. Da igual qué tipo de trabajo desempeñen. Los comentarios son los mismos.



No voy a hablar de la eterna pugna entre trabajadores y empresarios. Sí lo haré de los muchos estudios que han demostrado que un trabajador motivado es un trabajador más productivo y por tanto, más rentable. Además son los mejores representantes y comerciales de la empresa. El comentario positivo de un trabajador es la mejor publicidad que pueda recibir. Genera confianza y credibilidad en la empresa y en la marca.

Mi pregunta, entonces, es: ¿por qué las políticas de las empresas se están encaminando al acoso laboral? La cultura del low cost junto con el caciquismo empresarial, son pan para hoy y hambre para mañana

Hay muchas cosas que motivan a un trabajador más que la compensación económica: El desarrollo profesional, la formación y el aprendizaje, la responsabilidad, trabajar en un ambiente laboral bueno, hacer un trabajo estimulante, conciliar la vida laboral y familiar, que se valoren sus iniciativas y sugerencias, el reconocimiento, etc…

Muchas de estas cosas, ni cuestan dinero ni entran en los presupuestos. Están dentro de la mayor o menor voluntad del empresario y del departamento de RRHH. Los beneficios que se generan por el aumento de la productividad están suficientemente estudiados y demostrados.

Y sin embargo, se llenan los puestos intermedios de perros de presa puestos a dedo para hacer el trabajo sucio/mafioso. Desconocen por completo el trabajo que se hace y con toda su ignorante soberbia azuzan, incomodan, gritan, provocan y si pueden, saltan a la yugular por pura egolatría chulesca o por un modelo empresarial obsoleto donde se ordena y manda sin rechistar. 

¿Qué se obtiene con esto?: “Yo con tener mi sueldo a fin de mes no quiero saber más de la empresa”. La resignación de un trabajador inseguro frente a la amenaza de un despido casi gratis, ninguneado, no valorado, explotado y triste, que no puede desarrollarse ni dentro del trabajo en el que pasa tantas horas de su vida, ni fuera, porque su remuneración y sus condiciones físicas y psíquicas no le permiten cubrir sus expectativas vitales. Cambios drásticos de conducta provocados por la ansiedad creciente, aumento de bajas laborales debidas al estrés que provoca el acoso, disminución del rendimiento provocada por la presión a que son sometidos. Se están creando trabajadores pobres, desmotivados y enfermos.

En una negociación hay un punto ideal en el que ambas partes ganan, pero cada vez son más las empresas que optan por ese punto absurdo en el que ambas partes pierden. 

Un trabajador que no se siente identificado con su empresa y sin sensación de pertenencia, no hará nada más que lo estrictamente necesario, alquilando su tiempo para hacer lo que le piden, ni más ni menos. Lo de arrimar el hombro, el todos a una, pasa a ser una quimera.

Salvemos las honrosas excepciones, que seguro que haberlas las hay y cuidan a su capital humano como lo que es, el activo más importante de la empresa.

Como ente vivo que es, si la empresa se fuera a pique, el empleado sólo lo sentiría por su sueldo y su situación personal porque, aunque dicen que la cosa va mejor, no es cierto y no es fácil encontrar otros trabajos, pero no hay nada que iguale más a trabajadores y perros de presa que las filas del paro.

- Dicen que las cosas están mejor.


**A quien le pueda interesar: LEGISLACIÓN ESPAÑOLA BÁSICA CONTRA EL MOBBING:

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.
  • Derecho a la dignidad personal (Art. 10)
  • Derecho a la igualdad y a la no discriminación (Art. 14)
  • Derecho a la integridad física y moral (Art. 15)
  • Libertad ideológica y religiosa (Art. 16)
  • Derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen (Art. 18)
ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
·         Artículo 4. Derechos laborales.
LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
·         Artículos 123 y 127.
CÓDIGO PENAL
·         Artículos 176 y 316.
CÓDIGO CIVIL.
·         Artículo 1902 y 1903
LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
En su artículo 5 establece los objetivos de la misma.


Entre otros.

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